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NUEVA ORDENANZA
Con motivo de la entrada en vigor de la
Ley 7/2002, de 17 de Diciembre de Ordenación Urbanística
de Andalucía , (L.O.U.A.), se está procediendo a la
tramitación de una nueva Ordenanza Municipal de Inspección
Técnica de Edificios para su adaptación a la nueva normativa.
Es por ello que el Ayuntamiento Pleno, de acuerdo con la la Ley 7/1985
de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, en
su redacción dada por la Ley 11/1999 de modificación
de la anterior, acordó, en sesión de fecha 25 de Julio
de 2003, la Aprobación Inicial de la modificación y
adaptación de la Ordenanza Municipal de Inspección Técnica
de Edificios, expediente número 8.557/03, sometido a trámite
de información pública en el Boletín Oficial
de la Provincia, B.O.P. núm. 224 de 29 de Septiembre de 2003,
durante un plazo de 30 días para la presentación de
alegaciones o sugerencias y audiencia de los interesados, plazo que
finaliza el día 5 de Noviembre (inclusive).
Los interesados, asimismo, podrán consultar el nuevo texto
en el Colegio Oficial de Arquitectos de Granada y en el Colegio
Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Granada.
Podrá también, quien así lo desee, hacernos llegar
su opinión u observación, que en ningún caso
tendrá carácter de alegación o sugerencia formal,
pues estas deberán realizarse ante Registro Municipal u oficinas
desconcentradas, en la siguiente dirección de correo electrónico:
ite@granada.org
.
Descárguese aquí la nueva ley:
[Reforma_ITE.pdf]
125 Kb
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¿QUÉ ES LA I.T.E.?
Es una Inspección Técnica que han de pasar todos los
edificios de más de 45 años de antigüedad, para
acreditar su estado de seguridad constructiva, cualquiera que sea
su destino (viviendas, oficinas, industrial…)
¿A QUIÉN OBLIGA LA I.T.E.?
A todos los propietarios, personas físicas o jurídicas,
de cualquier tipo de bien inmueble (viviendas, edificios, chalés,
fábricas…). En caso de viviendas o locales integrados
en comunidades de propietarios, el deber de la Inspección
corresponde a la propia comunidad.
¿CUÁNTO CUESTA?
La I.T.E. no es un nuevo impuesto o tasa municipal, ni supone una
subida de los existentes. Su coste será libremente pactado
con el Técnico que el propietario o representante de la Comunidad
de Propietarios contrate.
¿CÓMO SE PASA LA I.T.E.?
Los propietarios de edificios contratan a un profesional cualificado
(Arquitecto, Arquitecto técnico etc.) que llevará
a cabo la Inspección, la cual determinará si el conjunto
de condiciones de seguridad constructiva del edificio es favorable
o desfavorable.
¿CÓMO
SE ENTREGA LA DOCUMENTACIÓN?
Se presentará en el registro de la Unidad de Gestión
de la I.T.E., una copia en soporte papel de toda la documentación,
debidamente firmada y visada por el Colegio Oficial correspondiente,
y también en soporte informático.
Documentos para descargar
[Texto
Ordenanza ITE] 163 Kb
[Anexo
Información] 152 Kb
[Certificado
subsanación de deficiencias] 129 Kb
[Aplicación
informática ITE 2.0] 3.9 Mb
Existe tambien una cuenta de correo a la que se pueden enviar las
actas: ite@granada.org
Impresos para descargar
[Acta] 136 Kb
[Informes]
86 Kb
[Ficha Técnica]
91 Kb
[Certificado
de Reforma General] 623 Kb
[Solicitud
de suspensión de plazo] 106 Kb
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